Nómadas digitales
¿Cómo solicitan visa los nómadas digitales en España?
Pueden solicitar una residencia por teletrabajo de carácter internacional aquellos extranjeros no miembros de la UE, para ejercer una actividad laboral o profesional a distancia siempre que sea para empresas radicadas fuera del territorio nacional, mediante el uso exclusivo de medios y sistemas informáticos, telemáticos y de telecomunicación.
En el caso de ejercicio de una actividad laboral, el titular de la autorización por teletrabajo de carácter internacional solo podrá trabajar para empresas radicadas fuera del territorio nacional. En el supuesto de ejercicio de una actividad profesional, se permitirá al titular de la autorización por teletrabajo de carácter internacional trabajar para una empresa ubicada en España, siempre y cuando el porcentaje de dicho trabajo no sea superior al 20% del total de su actividad profesional.
Requisitos
- Acreditación de ser graduados o postgraduados de universidades o escuelas de negocio de reconocido prestigio, formación profesional o bien con una experiencia profesional mínima de tres años.
- Existencia de actividad real y continuada por parte de la empresa con la que contrate el solicitante.
- Documentación acreditativa de que la relación laboral o profesional se puede realizar en remoto.
- Acreditación de que la relación laboral o profesional entre solicitante y trabajador existe desde al menos tres meses, así como documentos que acrediten los términos y condiciones de la actividad a distancia.
- Acreditación de contar con un certificado bancario que demuestre la posesión de un mínimo de 25.000€
- No deberemos contar con antecedentes penales ni tener prohibida la entrada a España.
- Contratar un seguro médico privado con cobertura total en España
¿Dónde presentar la solicitud de residencia?
- Visado: En las Misiones Diplomáticas y Oficinas Consulares. Embajadas y Consulados
- Autorización de residencia: en la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos. UGE-CE
